Para calcular las cotizaciones a la Seguridad Social es necesario saber la cuantía que te correspondería por una prestación. En nuestro siguiente artículo vamos a examinar qué significa base de cotización y cómo solicitar un informe de las propias cotizaciones.
También veremos cuáles son las bases máximas y mínimas para autónomos, trabajadores del hogar y empleados adscritos al régimen general.
¿Qué es la base de cotización?
La base de cotización es la suma total del salario bruto mensual de un trabajador que está dado de alta en la Seguridad Social a través de una nómina. Es decir, no es el salario neto que recibe, sino la cantidad antes de aplicar las deducciones. En dicha cantidad se incluyen las horas extras, las pagas extra prorrateadas y si le corresponde, las vacaciones que no se han disfrutado.
A raíz de esa base se calcula el porcentaje que debe ordenarse a las cotizaciones de la Seguridad Social en el caso de los empleados por cuenta ajena dentro del Régimen General. Esta cuota se reparte entre el trabajador y la empresa: la parte del trabajador se quita directamente del salario, mientras que la empresa se encarga de ingresar el total correspondiente a la Seguridad Social en nombre del empleado.
¿Para qué sirven las bases de cotización?
Como hemos dicho anteriormente, la base de cotización es un dato esencial para calcular el importe de las prestaciones que se pueden recibir de la Seguridad Social, como por ejemplo una pensión de jubilación.
Las cotizaciones no son solo una gestión, sino que tienen un objetivo claro: establecen una forma de financiación del sistema de la Seguridad Social. Esto quiere decir que ese dinero que se va aportando a lo largo del tiempo sirve para cubrir las prestaciones que se pueden necesitar en el futuro, ya sea por jubilación, una incapacidad temporal debido a alguna enfermedad, o cualquier otra situación.
¿Cómo solicitar el informe de bases de cotización?
Las bases de cotización se pueden consultar de forma online a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social. Hay dos formas de hacerlo:
- Recibirlo en casa por correo postal.
- Descargarlo directamente en el ordenador en PDF.
✅ OPCIÓN 1. Solicitar el informe por correo ordinario
- Accede a la opción correspondiente en la Sede Electrónica.
- Rellena el formulario con tus datos personales: nombre, apellidos, DNI y número de la Seguridad Social.
- Introduce tu dirección de correo electrónico dos veces y completa tus datos de domicilio.
- Indica el periodo que deseas consultar (fecha de inicio y fin).
- Pulsa en «CONTINUAR«.
Aparecerá una pantalla de confirmación con el número de referencia de tu solicitud, que debes guardar. Además, recibirás un e-mail como justificante. El informe llegará al domicilio por correo en los días siguientes. También se puede consultar el estado de la solicitud pasadas 24 horas con el número de referencia.
✅ OPCIÓN 2. Descargar el informe en PDF al momento
- Entra en la sección de Informe de bases de cotización de la Sede Electrónica.
- Elige una de las formas de identificación digital: certificado digital, cl@ve, usuario + contraseña, vía SMS o sin certificado.
- Una vez identificado, selecciona el año que quieres consultar.
- Haz clic en «BUSCAR» y aparecerán tus bases de cotización mes a mes.
- Si lo deseas, puedes pulsar «IMPRIMIR» para generar un PDF que podrás guardar o descargar.
En este informe verás el régimen en el que has estado dado de alta, los días cotizados cada mes y el importe de tus bases de cotización.
Bases mínimas y máximas de cotización en 2025 (Régimen General)
Dentro del Régimen General de la Seguridad Social, existen 11 grupos de cotización, clasificados según la categoría profesional del trabajador. Cada uno de ellos tiene asignadas unas bases mínimas y máximas que se aplican cuando el contrato es a jornada completa.
- Ingenieron y Licenciados. Personal de alta dirección no incluido en el artículo 1.3.c) del Estatuto de los Trabajadores.
- Ingenieros técnicos, peritos y ayudantes titulados.
- Jefes administrativos y de taller.
- Ayudantes no titulados.
- Oficiales administrativos.
- Subalternos.
- Auxiliares administrativos.
- Oficiales de primera y segunda.
- Oficiales de tercera y especialistas.
- Peones.
- Trabajadores menores de 18 años, independientemente de su categoría profesional.
▸Bases en cómputo mensual
Grupo de cotización | Base mínima | Base máxima |
---|---|---|
Grupo 1 | 1.929€/mes | 4.909.50€/mes |
Grupo 2 | 1.599,60€/mes | 4.909.50€/mes |
Grupo 3 | 1.391,70€/mes | 4.909.50€/mes |
Grupos 4 al 7 | 1.381,20€/mes | 4.909.50€/mes |
▸Bases en cómputo diario
Grupo de cotización | Base mínima | Base máxima |
---|---|---|
Grupos 8 al 11 | 46,04€/día | 163,65€/día |
Tipo de cotizaciones a la seguridad social en 2025
En 2025, tanto trabajadores como empresas deben realizar diferentes aportaciones a la Seguridad Social, en función del tipo de cotización aplicable. Estas contribuciones se calculan sobre la base de cotización correspondiente y se destinan a cubrir distintas prestaciones como jubilación, incapacidad, desempleo o formación, entre otras. A continuación, te mostramos los porcentajes actualizados para este año:
🔷 Cuadro resumen de tipos de cotización en 2025
Tipo de cotización | Total (%) | Aportación Trabajador | Aportación Empresa |
---|---|---|---|
Contingencias comunes | 28,30% | 4,70% | 23,60% |
Horas extras comunes | 28,30% | 4,70% | 23,60% |
Horas extra fuerza mayor | 14,00% | 2,00% | 12,00% |
Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI) | 0,80% | 0,13% | 0,67% |
Contingencias profesionales | Según tarifa de primas | Según tarifa de primas | Según tarifa de primas |
Desempleo (contrato indefinido) | 7,05% | 1,55% | 5,50% |
Desempleo (contrato temporal) | 8,30% | 1,60% | 6,70% |
FOGASA | 0,20% | – | 0,20% |
Formación profesional | 0,70% | 0,10% | 0,60% |
🔷 Cotización adicional de solidaridad (solo rentas altas)
Tramo de ingresos mensuales | total % adicional | Trabajador | Empresa |
---|---|---|---|
De 4.909,51€ a 5.400,45€ | 0,92% | 0,15% | 0,77% |
De 5.400,46 a 7.364,25€ | 1,00% | 0,17% | 0,83% |
Más de 7.364,25€ | 1,17% | 0,19% | 0,98% |
Bases de cotización 2025 para autónomos (RETA)
Los trabajadores por cuenta propia no forman parte del régimen general de la seguridad social, sino que cotizan a través del régimen especial de trabajadores autónomos (RETA). Al no percibir un salario por nómina, son ellos mismos quienes deben abonar mensualmente su cuota de autónomo, mediante domiciliación bancaria.
La cuantía de esa cuota mensual depende de la base de cotización elegida, la cuál debe estar comprendida entre unos mínimos y máximos establecidos por tramos de ingresos netos anuales (rendimientos). Estas bases de cotizaciones a la seguridad social son clave para calcular tanto la cuota mensual como futuras prestaciones. PULSA AQUÍ si quieres saber más sobre cuánto supone económicamente darte de alta como autónomo y que opciones tienes según los ingresos.
Pluriempleo y pluriactividad ¿en qué se diferencian?
Es importante no confundir pluriactividad con pluriempleo, ya que son situaciones distintas aunque ambas implican cotizar en más de un régimen o empresa.
La pluriactividad se da cuando una persona trabaja como asalariada y como autónoma a la vez. En este caso, cotiza tanto en régimen general como en el RETA. En estos casos, si la suma de las cotizaciones por contingencias comunes supera los 16.672,66€ anuales, se puede solicitar el reintegro del 50% del exceso, con el límite del 50% de lo pagado en el RETA por ese mismo concepto. Esto supone una devolución parcial de cuotas al finalizar el ejercicio fiscal.
El pluriempleo ocurre cuando un trabajador tiene varios empleos por cuenta ajena en diferentes empresas, normalmente con contratos a tiempo parcial. En este caso, cada empresa cotiza por él según el salario que le pague, dentro del régimen general.
Empleados del hogar: bases y tipos de cotizaciones a la seguridad social en 2025
🔷Tipos de cotización
- DESEMPLEO
- Contrato indefinido: 7,05% (5,50% empleador / 1,55% empleado)
- Contrato temporal: 8,30% (6,70% empleador / 1,60% empleado)
- CONTINGENCIAS COMUNES
- 28,30% (23,60% empleador / 4,70% empleado)
- ⬇️ Reducción del 20% en la aportación empresarial
- FOGASA
- 0,20% solo empleador
- MEI
- 0,80% (0,67 empleador / 0,13% empleado)
🔷 Bases según tramo salarial
Tramo | Sueldo mensual (€) | Base de cotización (€) |
---|---|---|
1 | Hasta 319,00€ | 296,00€ |
2 | 319,01€ – 495,00€ | 423,00€ |
3 | 495,01€ – 672,00€ | 584,00€ |
4 | 672,01 € – 850,00 € | 761,00€ |
5 | 850,01 € – 1.029,00 € | 941,00€ |
6 | 1.029,01 € – 1.204,00 € | 1.116,00€ |
7 | 1.204,01 € – 1.381,20 € | 1.381,20 |
8 | Desde 1.381,21 € | Retribución mensual |
¿Tienes dudas sobre los tipos de cotizaciones a la seguridad social o no sabes cuánto debes aportar? No te preocupes, nuestro equipo de expertos puede ayudarte. Ponte en contacto con nosotros y resolveremos tus preguntas.
